El próximo martes 24 de agosto se llevará adelante el curso teórico /práctico de poda en el Complejo 13 de diciembre. Se trata de una actividad gratuita de la mano de la Universidad Popular que tiene por objetivo promover la capacitación de quienes realicen la actividad como un requisito sine qua non a hora de ponerlo en práctica y explotarlo comercialmente.
Esta iniciativa va de la mano de lo que promueve la ordenanza N° 364 aprobada el pasado 18 de agosto por el Concejo Deliberante. La legislación reforma algunos puntos de lo regulado por las ordenanzas 85 y 196 de especies nativas en espacios públicos y privados poniendo el foco en profundizar aún más la preservación de la flora y fauna local.
El curso comienza a las 9 y concluye a las 17. Consultas e inscripciones al teléfono 03547- 15580687.
LA ORDENANZA
AMPLIACION DE REGULACION DE PODA Y REEMPLAZO POR ESPECIES NATIVAS
VISTO
Lo regulado por las ordenanzas 85 y 196 de especies nativas en espacios públicos y privados respectivamente
Y CONSIDERANDO
La necesidad de regular la poda y/o extracción de árboles de gran porte y reimplantación de especies nativas dentro del ejido de la localidad de Anisacate,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANISACATE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º.-:modificar el artículo 14 de la ordenanza 85 que dice: Para la implantación por parte del propietario de nuevos ejemplares arbóreos o arbustivos se promoverá la selección de las especies nativas recomendadas. Por el siguiente texto:
Artículo14º: Para la implantación por parte del propietario de nuevos ejemplares arbóreos o arbustivos se promoverá la selección de las especies nativas recomendadas las que podrán adquirirse en el Vivero Municipal de Anisacate .-
Articulo 2°: Modificar el artículo 17 de la ordenanza 85 que dice : El municipio fomentará el respeto y cuidado de la vegetación nativa de la región y del arbolado público urbano, así como también el cumplimiento de los objetivos de esta Ordenanza mediante la concienciación ciudadana a través de todas sus áreas. Por el siguiente texto ARTICULO 17: El municipio fomentará el respeto y cuidado de la vegetación nativa de la región y del arbolado público urbano, así como también el cumplimiento de los objetivos de esta Ordenanza mediante la concienciación ciudadana a través de todas sus áreas , estableciéndose como requisito para proceder a la poda de los mismos acreditar fehacientemente la capacitación para el desarrollo de la poda mediante certificación oficial .-
Articulo 3 Modificar el artículo 1 de la ordenanza 196 que dice Artículo 1º.-: Se autorizará previa solicitud a la Secretaría de Gobierno la poda y /o extracción de árboles de gran porte. Conjuntamente con el pedido se deberá acompañar los requisitos exigidos en el artículo 5º de la presente ordenanza. Por el siguiente texto: Artículo 1º: Sera autorizado, previa solicitud a la Secretaría de Gobierno, la poda y /o extracción de árboles de gran porte en terrenos privados. Conjuntamente con el pedido se deberá acreditar con los requisitos exigidos en el artículo 5º de la presente ordenanza, además del seguro de cobertura para el daño que se pudiera ocasionar a terceros y acompañar un certificado oficial que acredite el conocimiento para realizar podas.-
Artículo 4: Promúlguese Protocolícese y archívese.-