El ejecutivo municipal dicto el Decreto Nº 50/2020 donde se establece la publicación de los propietarios de inmuebles que se constituyeron como grandes deudores en nuestra localidad.
“Esta acumulación de tasas adeudadas al municipio, son previas al periodo de pandemia, contribuyentes que tienen grandes extensiones de terrenos o múltiples cantidades de lotes sin abonar sus obligaciones durante varios periodos” aclaro el intendente Ramon Zalazar.
El decreto municipal se basa en la fundamentación, Que se debe prestar mayor atención en todos aquellos grandes deudores que tiene nuestro Municipio, que han demostrado que pudiendo pagar no lo hacen, quedando al descubierto un espíritu poco solidario para con el resto de nuestra comunidad que sigue sosteniendo los servicios.
Desde el 1 de septiembre se publicará el primer listado, con el detalle de nombre y lotes adeudados, que tendrá una renovación mensual.
El texto completo del Decreto de Grandes Deudores:
DECRETO NÚMERO 50 /2020
VISTO:
La necesidad de Municipio de contar con mayores recursos genuinos para un mejor cumplimiento de las prestaciones de servicios a la comunidad.
CONSIDERANDO:
Que existe en el radio municipal un importante porcentaje de deudores morosos de las distintas Tasas y Servicios Municipales;
Que se debe prestar mayor atención en todos aquellos grandes deudores que tiene nuestro Municipio, que han demostrado que pudiendo pagar no lo hacen, quedando al descubierto un espíritu poco solidario para con el resto de nuestra comunidad que sigue sosteniendo los servicios;
Que es imprescindible se cuente con un listado de estos mayores deudores, permitiendo un control ajustado del estado actual de las deudas y su evolución;
Que en un sistema republicano de gobierno, el pueblo tiene derecho a conocer quiénes son aquellos que no cumplen con sus obligaciones del pago de sus contribuciones para el sostenimiento del Estado;
Que el estado debe dar prioridad al orden público resguardando al ciudadano y no permitiendo que se perjudiquen los intereses de la comunidad, ya que la omisión de pagar tasas y contribuciones es una violación al orden público y de manera indirecta perjudica los intereses de todos los vecinos de Anisacate, quienes son los destinatarios de los fondos públicos.
EL INTENDENTE DE ANISACATE
DECRETA
ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo solicitará a Secretaría de finanzas un listado de morosos de las tasas municipales que componen la Ordenanza Fiscal e Impositiva y/o cualquier otra contribución municipal, desde el año 2015 a la fecha.
ARTICULO 2º: El listado citado en el Artículo 1º se realizará considerando el total de los montos adeudados, ordenados en forma decreciente y por apellido y nombre o razón social del contribuyente o deudor.
ARTICULO 3º: Este listado deberá ser informado y publicado en la página web de la Municipalidad de Anisacate dentro de los 30 (Treinta) días de aprobado el decreto, debiendo actualizarse la información cada 30 días.
ARTICULO 4: La publicación de los deudores morosos, no impide que el Ejecutivo arbitre todos los medios de ejecución fiscal, tendientes al cobro de dichas deudas.-
ARTICULO 5º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dese al Archivo Municipal.-
ANISACATE, 31 de Julio de 2020.