Anisacate permite las reuniones familiares hasta diez personas

El Intendente de Anisacate Ramon Zalazar, aprobó esta mañana el Decreto 40/2020 habilitando las reuniones familiares hasta 10 personas. Quienes deseen realizar estos encuentros deben respetar mas medidas de bioseguridad establecidas por el COE Central.

“Es un gran paso poder volver a encontrarnos con nuestros vínculos familiares, debemos seguir siendo igual de cuidadosos que hasta ahora, así logramos mantener estos avances y de a poco recobrar todas nuestras costumbres” sostuvo el Intendente Zalazar.

En el mismo decreto se adhirió a los protocolos vigentes de TRABAJOS EN RUBRO DE ESTETICA, PROTOCOLO DE TRANSPORTE INTERURBANO, PROTOCOLO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS INDIVIDUALES, PROTOCOLOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ACUÁTICAS, PROTOCOLOS DE TRANSPORTE URBANO.

Consulta el texto completo:

                                                DECRETO    40/ 2020 

VISTO: En función de las nuevas medidas tomadas por el Gobierno Nacional, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el COVID-19 y de la facultad delegada hacia las provincias, y a su vez a los municipios en esta nueva etapa, desde el COE Central de la Provincia de Córdoba se definió la modalidad que tendrá en el territorio provincial en la denominada “cuarentena en fase de segmentación geográfica”.

De acuerdo a criterios epidemiológicos y de características de densidad poblacional de las distintas localidades, se clasificaron las áreas en dos categorías: zonas rojas y zonas blancas.
Se consideran zonas blancas aquellas conformadas por localidades que no cuentan con casos positivos activos (nula circulación viral) y que no se encuentren dentro de los grandes conglomerados. Anisacate esta dentro de este grupo, colindante con una localidad de zona roja.

En estos casos las excepciones comprenden las Obras Privadas, Comercios y Profesiones independientes.

Continúan vigentes las disposiciones dispuestas por los decretos municipales 8, 9, 10,11, 12, 15, 16, 22, 24, 31 y 35.

Y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Anisacate establecerá medidas preventivas que permitan disminuir los riesgos de propagación sobre nuestra localidad; conforme fuera dispuesto por los organismos Nacionales y Provinciales.

Estas medidas adoptadas, se benefician por la baja densidad poblacional que presenta nuestra localidad, siendo la mas baja de la provincia.

Que la declaración de aislamiento social preventivo y obligatorio, medida de carácter preventivo y precautorio, afecta severamente la dinámica de la economía en su conjunto y de gran parte de la actividad productiva, resistiendo la capacidad contributiva de los sectores de la economía nacional y dando lugar a una consecuente, brusca  sostenida disminución en la recaudación de los estados Nacionales,  Provinciales y municipales con proyecciones en constante baja, que se prolongan en el tiempo, con permanencia y derivaciones aun desconocidas.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ANISACATE

DECRETA 

ARTÍCULO 1º:  Habilitar las REUNIONES FAMILIARES hasta diez personas, teniendo en cuenta que todas deben ser de la misma localidad y no provenir de zonas rojas. Las reuniones se deben realizar manteniendo los cuidados de bioseguridad establecidos por el COE.

ARTICULO 2: Adherir al los PROTOCOLO DE TRABAJOS EN RUBRO DE ESTETICA, PROTOCOLO DE TRANSPORTE INTERURBANO, PROTOCOLO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS INDIVIDUALES, PROTOCOLOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS ACUATICAS, PROTOCOLOS DE TRANSPORTE URBANO. 

ARTÍCULO 3:  COMUNIQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese. –      

Anisacate, 6 de Junio del 2020.