Con el Decreto 10/2020 se determino ampliar las acciones preventivas para evitar la propagación del Conoravirus (COVID-19) en nuestra localidad.
Ateniendo a la salud publica como prioridad, se determina que los complejos de alojamientos, cabañas o casas particulares que están destinadas al alquiler temporario no pueden estar disponibles para tal fin desde las 0:00 hs del jueves 19 de marzo hasta el 31 de marzo del 2020.
En el caso de restaurantes, bares, servicios de comida en estaciones de servicios, locales de comida, parrillas, cafeterías, cervecerías, heladerías, carros gastronómicos y/o afines, y todo rubro gastronómico con servicio de mesa o barra se establece el CIERRE TOTAL desde las 0:00 del jueves 19 hasta las 0:00 hs del martes 24 de marzo del 2020.
Al mismo tiempo todos los locales quedaran habilitados a realizar REPARTO a domicilio, En vehículos que cumplan con las normas vigentes para circular, seguro de circulación al día y el conductor con licencia de conducir vigente.
El texto completo del decreto es el siguiente:
DECRETO 10/ 2020
VISTO: La expansión del Coronavirus (COVID-19) y su posterior declaración de pandemia por parte de la OMS (Organización Mundial de la Salud), en una primera instancia y viendo una situación de proyección creciente en el territorio nacional y los decretos 8 y 9/2020 del ejecutivo Municipal.
Y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Anisacate adoptara medidas preventivas que permitan disminuir los riesgos de propagación sobre nuestra localidad;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ANISACATE DECRETA
ARTICULO 1: Suspender desde las 00:00 hs del día jueves 19, los alojamientos y complejos turísticos de la localidad deberán cancelar reservas y cerrar sus puertas. La medida deberá ser tomada hasta el 31 de marzo y quienes ya hayan realizado alguna reserva, deberán dejar sin efecto las misma. *
ARTICULO 2: Suspender en virtud de la proximidad del fin de semana largo y buscando restringir al máximo la circulación por los espacios públicos y evitar la concentración de personas, se determina que desde la 00.00 del día jueves 19 hasta las 00:00 del martes 24 del corriente, se procederá al CIERRE TOTAL de «restaurantes, bares, servicios de comida en estaciones de servicios, locales de comida, parrillas, cafeterías, cervecerías, heladerías, carros gastronómicos y/o afines, y todo rubro gastronómico con servicio de mesa o barra». Se analizará la continuidad de esta medida concluido este plazo.
ARTICULO 3: Autorizar a todas las empresas y/o comercios debidamente habilitados, cualquiera sea su rubro, a realizar «reparto a DOMICILIO» de sus mercaderías, mediante cualquier tipo de vehículo, conducido por sus propietarios, por conductores autorizados por estos o por los conductores contratados por las mencionadas empresas y/o comercios, todos los vehículos utilizados deberán contar con los seguros obligatorios de circulación y sus conductores licencias habilitadas. Esta medida deberá ser cumplida hasta nuevo aviso. Cuando la mercadería sean bienes de consumo y comestibles, el reparto y la mercadería deberá cumplir con las ordenanzas de seguridad e higiene vigentes.
ARTICULO 4: Las presentes medidas podrán ser modificadas de acuerdo a las nuevas disposiciones y protocolos establecidos por el gobierno Nacional y Provincial.
Anisacate, 18 de marzo del 2020.